Los Abogados laboralistas de Bufete Casadeley, han conseguido la nulidad de un procedimiento tributario debido a un defecto de forma.
La Agencia Tributaria de León notificó a nuestro cliente una resolución con liquidación provisional relativo a Impuesto de Sociedades, haciéndole saber que existía un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones. Plazo que expiraba el 12 de noviembre de 2014.
En la expresada fecha, sin haber aun formulado alegaciones el cliente, pero estando preparado para presentarlas ese mismo día, recibió una notificación de la resolución definitiva dictada por la referida Administración.
En vista de ello, se formuló recurso de reposición, que ha sido estimado por la Agencia Tributaria, anulando la resolución, sin perjuicio de la que en su día proceda dictar a la vista de las alegaciones verificadas, ya que se reconoce que la resolución definitiva se dictó cuando aún existía plazo para formular alegaciones.
Documentación adjunta: Recurso de reposición.