7 octubre, 2022

La anunciada subida del IPREM a los 600 €, te explicamos en qué consiste

Tras el acuerdo sobre Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, el pasado 4 de octubre ha sido anunciada una subida del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) hasta los 600 euros mensuales. En este artículo te explicamos en qué consiste dicho indicador y las repercusiones que tiene.

¿Qué es el IPREM?

El IPREM, siglas que hacen referencia a Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, es un índice de riqueza empleado en las concesiones de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo.

¿Cuál es la diferencia entre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y el IPREM?

Mientras que el salario mínimo interprofesional impone una obligación de pago en las relaciones laborales, la función del IPREM es ayudar a la determinación de los requisitos económicos que deben cumplir las personas a las que se dirige una ayuda, subvención… Es decir, se aplica tanto a trabajadores como autónomos, o personas sin actividad, empleándose en un ámbito social.

El salario mínimo interprofesional es la cifra mínima con la que se puede retribuir a una persona por su trabajo a jornada completa. Con independencia de la profesión que tenga, si presta sus servicios como trabajador por cuenta ajena, no podrá tener un salario inferior al SMI que corresponda en cada momento.

No obstante, la norma reguladora de la ayuda no está obligada a utilizar el IPREM como índice de referencia, pudiendo utilizar otros parámetros para determinar los requisitos económicos. Así, puede establecer que la ayuda se destina a personas con ingresos inferiores a una cifra concreta (ej. 20.000 euros anuales) o a personas cuyos ingresos no alcancen dos veces el salario mínimo interprofesional (si el SMI es de 14.000 euros anuales, los ingresos de la persona solicitante de la ayuda no podrán superar los 28.000 euros).

¿Cómo funciona exactamente el IPREM?

La cuantía del IPREM puede ser mensual, anual de 12 pagas o anual de 14 pagas y viene fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Actualmente el IPREM que opera por ser el fijado para el año 2022 es el siguiente:

  • IPREM mensual sin pagas extras 579,02 euros
  • IPREM mensual con pagas extras 675,52
  • IPREM anual de 12 pagas 6.948,24 euros
  • IPREM anual de 14 pagas 8.106,28 euros

Una vez conocemos la cifra que corresponde al IPREM, debemos saber qué requisito establece la norma en cuestión. En muchas ocasiones, el requisito económico relacionado con el IPREM se redacta como “el doble / tripe del IPREM” o “dos veces el IPREM”; en otras ocasiones se emplea un porcentaje (ej. 200% del IPREM o 250% IPREM). En cualquier caso, tendremos que realizar una multiplicación para comprobar la cifra exacta a la que está haciendo referencia la norma.

Un ejemplo con el IPREM

Para entenderlo mejor, vamos a poner un ejemplo trasladando a cifras los límites de la prestación por desempleo. En este sentido, cuando un trabajador es despedido, si reúne una serie de requisitos, tendrá derecho a percibir el desempleo, comúnmente denominado paro. El tiempo durante el que percibirá la prestación, así como la cuantía dependerán del tiempo y cantidad cotizada. Sin embargo, se establecen unos límites mínimos y máximos que no pueden sobrepasarse.

Así, la cuantía no podrá ser inferior al

  • 80% del IPREM si no tiene hijos
    • Esto se traduce en 80% de 675,72 euros = 80×675,72÷100 = 540,58 euros
  • 107% del IPREM si tiene un hijo o más
    • Esto se traduce en 107% de 675,72 euros = 107×675,72÷100 = 723,02 euros

Por tanto, un trabajador sin hijos, con independencia de las cantidades por las que hubiera cotizado, no podrá percibir una prestación por desempleo inferior a 540,58 euros. Si tuviera hijos, la cantidad mínima queda fijada en 723,02 euros.

Asimismo, se establecen unos límites máximos, de tal forma que los trabajadores en situación de desempleo no podrán percibir una prestación superior a:

  • 175% del IPREM si no tiene hijos
    • Esto se traduce en 175% de 675,72 euros = 175×675,72÷100 = 1.182,51 euros
  • 200% del IPREM si tiene 1 hijo
    • Esto se traduce en 200% de 675,72 euros = 200×675,72÷100 = 1.351,44 euros
  • 225% del IPREM si tiene más de un hijo
    • Esto se traduce en 225% de 675,72 euros = 225×675,72÷100 = 1.520,37 euros

¿Quiénes serán los más afectados por esta medida?

Como hemos explicado, el IPREM se suele utilizar para limitar quiénes tienen derecho a percibir determinadas ayudas y subvenciones, así como para establecer límites en la cuantía de la prestación y subsidio por desempleo, entre otras funciones.

Por tanto, el aumento de la cuantía del IPREM implicará un aumento del número de personas con derecho a una determinada ayuda o subvención o, por otra parte, el aumento de los límites del subsidio y prestación por desempleo.

Reflejando la subida que se espera del IPREM a partir del 1 de enero, cuando pasará de ser de 579 euros a 600 € mensuales, significa que el requisito hipotético de “no tener ingresos superiores a tres veces el IPREM” pasará de suponer no tener ingresos superiores a 1.737 euros.

Supongamos que una en una ayuda que está limitada a personas cuyos ingresos no alcancen al 1,5 del IPREM, significará que antes de la subida únicamente podían acceder aquellos cuyos ingresos no superaran 868,5 euros y, tras la subida, el límite se amplía, fijándose en 900 euros.

Lo mismo puede decirse respecto de las prestaciones, subsidios y pensiones que se fijan a partir del IPREM. Volviendo al ejemplo explicado sobre el desempleo, una persona sin hijos no podrá percibir menos del 80% del IPREM, que, con el nuevo IPREM, será equivalente a 560 euros. Es decir, habrá una diferencia de 20 euros aproximadamente.

Asimismo, una persona sin hijos no podrá percibir más del 175% del IPREM, que, tras la subida del IPREM, será la cantidad de 1.225 euros, existiendo una diferencia de menos de 45 euros.

Por tanto, la subida del IPREM únicamente afectará a las personas que se encuentran en los límites, es decir, que no podían acceder a las ayudas por poca diferencia o que percibían la cantidad mínima o máxima del desempleo, etc. Consecuentemente, tendrá escaso impacto tanto en el número de personas afectadas, como en las cuantías modificadas.

También han anunciado que se prorrogará durante todo 2023 la ayuda de 250 euros mensuales para personas de entre 18 y 35 años que vivan de alquiler y cobren un salario inferior a tres veces el IPREM. ¿Por qué en este caso se tiene en cuenta el IPREM como baremo y no el SMI?

Como hemos adelantado anteriormente, aunque la norma reguladora de la ayuda al alquiler joven podría haber utilizado una expresión como “tendrán derecho a esta ayuda aquellos jóvenes cuyos ingresos no superen el salario mínimo interprofesional”, es más correcto utilizar una fórmula que se base en el IPREM, pues este indicador está previsto específicamente para estos casos, es decir, para las ayudas sociales, afectando tanto a trabajadores, autónomos, pensionistas o personas en situación de desempleo.

Por su parte, el salario mínimo interprofesional debería limitarse al salario de los trabajadores, con independencia de la profesión que tengan.

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